Desde este jueves 21 de mayo, y según la orden SND/422/2020 del Boletín Oficial del Estado (BOE), entra en vigor el uso obligatorio de mascarilla por parte de la población durante la alerta sanitaria.
¿QUIÉN?
Quedan obligados al uso de mascarillas las personas mayores de 6 años.
¿DÓNDE?
El uso de mascarilla será obligatorio en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.
QUEDAN EXENTAS DE SU USO:
- Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
- Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
- Para el desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
- Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
¿QUÉ TIPO DE MASCARILLAS?
Cualquier tipo de mascarillas, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubran nariz y boca.