El pleno del Consell ha aprobado el decreto que declara Monumento Natural la Falla del Moraig, que establece para este espacio un régimen especial de protección. El régimen de protección está dirigido a proteger, poner en valor y restaurar este elemento geológico, así como a integrar los objetivos de conservación de sus valores científicos, culturales y paisajísticos con el interés socioeconómico del espacio.
La Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica incluye, entre las medidas contempladas para reforzar su protección, la aprobación de un Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Monumento Natural de la Falla del Moraig.
Además, se crea un Consejo de Participación del monumento natural, compuesto por ocho miembros, como órgano colegiado colaborador y asesor de la Conselleria, que se constituye como un órgano consultivo, asesor y representativo, y es, además, una vía para canalizar las iniciativas dirigidas a su gestión.
El área conocida como La Falla del Moraig constituye un elemento geomorfológico singular, catalogado como lugar de interés geológico por el Instituto Geológico y Minero de España. Destaca, especialmente, una pared rocosa extraplomada que sobresale del terreno donde se pueden observar con claridad el plano de falla y las estrías verticales provocadas por el roce de los materiales calcáreos durante su formación.
Esta falla, también llamada del Riu Blanc, es una fractura de la corteza terrestre normal (con desplazamiento vertical) ocurrida hace 11 millones de años, durante el Mioceno Superior. Esta falla hundió los materiales calizos y formó la Cueva dels Arcs.
A lo largo del tiempo, esta falla y cueva se ha visto sometida tanto a la acción del oleaje como a la disolución del agua marina sobre la roca caliza, que ha erosionado el material, creando otras cuevas como la Cueva del Moraig, con elementos propios de los sistemas kársticos como los espeleotermas (depósitos minerales en las cavidades). Dentro de esta última se puede encontrar la principal descarga de agua dulce del acuífero de Benissa, el Riu Blanc, que da lugar a un intrincado sistema de galerías.
Es el segundo enclave con esta categoría jurídica, tras la declaración de monumento natural el Límite geológico K/T Capa Negra de Agost.